La Contraloría publicó el Instructivo para las campañas del Plebiscito Constituyente 2020. Es ilegal usar «recursos públicos, bienes fiscales, municipales o de otras entidades estatales». Está «absolutamente prohibido el uso de vehículos estatales en asuntos particulares o ajenos al órgano, como son las actividades de carácter político contingente». Los funcionarios públicos deben actuar en pos del interés público por sobre los intereses particulares. Y, por último, el Ministerio Secretaria General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social sólo pueden realizar «una campaña sobre la importancia de participar en el Plebiscito y las características del proceso, con imparcialidad.
El 7º Juzgado de Garantía de Santiago impone medidas cautelares a los exuniformados investigados por su rol durante el estallido social de octubre de 2019, optando por arraigo nacional y firma quincenal.
El exfuncionario asegura que no ha cometido ningún delito y se compromete a demostrar su inocencia en el marco de la investigación judicial en curso.