Este lunes se publicó la Ley que regula el procedimiento para fijar los precios de los planes de salud privados. Esta nueva normativa deja sin efecto las alzas de los planes de salud de Isapres correspondientes a los años 2020-2021.
En abril, las Isapres enviaron una carta a sus afiliados para informar del alza postergada. Pero el Superintendente de Salud, Patricio Fernández, afirmó que este reajuste no se realizará, por lo cual, cada Isapre deberá respetar la situación anterior de cada afiliado.
Además, la Ley 21.350 establece que la Superintendencia de Salud será la encargada de aplicar estas alzas y esto dará garantías a las personas de que el reajuste sólo obedecerá a razones estrictamente sanitarias.
A las Isapres sólo se les permitirá ajustar los planes de salud si cumplen con un plan de salud preventiva para sus afiliados.
Otro punto muy importante es la cobertura en atenciones de salud mental. La nueva normativa reconocerá y protegerá a las personas que necesiten este tipo de prestación, y será la Superintendencia de Salud la que regule que las Isapres no hagan diferencia en la cobertura de todas las prestaciones que existen en los actuales planes de salud.
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