Esta nueva Ley faculta a los municipios a entregar autorización, en un plazo de 5 años, para cerrar calles y pasajes o implementar medidas de control en el acceso. La iniciativa también se extenderá a conjuntos habitacionales -urbanos o rurales- que cuenten con una misma vía de acceso y salida, para garantizar mayor seguridad a los vecinos.
El Presidente Sebastián Piñera promulgó esta Ley. Dijo que “hoy vamos a dar otro paso más, con un solo objetivo, que es lo que nos ha motivado desde el primer día: Lograr que la delincuencia retroceda y que la seguridad, la paz y la tranquilidad de las familias avancen”.
El mandatario agregó que “espero que, con esta Ley, las que hemos aprobado y las que tenemos que aprobar con mucha urgencia, podamos lograr un propósito, que es darles a las familias chilenas más tranquilidad, más seguridad, mayor libertad y calidad de vida”.
¿Qué dice la Ley?
Para que el cierre de pasajes y calles se concrete, el 80% de los propietarios, sus representantes o arrendatarios autorizados, que integren el recinto, deben presentar la solicitud. Y una vez que se haga la petición, se deberá informar cuál es su forma de administración.
El horario de funcionamiento de las medidas de control no superará las 7 horas continuas y será en base a la solicitud que sea enviada. Pero atención. Habrá una excepción de 10 horas continuas, siempre y cuando, la petición sea por motivos de seguridad y que no afecte, tanto al tránsito de vehículos, peatonal, así como a medidas de control de acceso para bomberos u otros organismos de seguridad y de utilidad pública.
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